Herramientas para el comercio internacional
BEMAR, operador logístico internacional
En función de la confianza entre las partes, el riesgo comercial y el del país desde donde se emitirá el pago, se puede pactar un medio de pago con mayores o menores garantías.
La limitación del riesgo de impago se puede evitar con el pago por adelantado, contratando una póliza de seguro o mediante un medio de pago con garantías bancarias.
Medios de pago simples
Medios de pago documentarios
Remesa documentaria. Es un pago contra la presentación de una serie de documentos y puede ser a la vista o a plazo.
Crédito documentario. Es el modo de pago más seguro, porque si en el momento pactado el comprador no dispone del importe acordado, el banco del importador hará el pago, siempre que se hayan cumplido las obligaciones impuestas por el condicionado del crédito documentario.
En la exportación, la aduana despacha las mercancías de acuerdo con la documentación que presenta el representante aduanero junto al documento único administrativo (DUA), y recauda los impuestos y las tasas que correspondan.
Téngase en cuenta que entre los países de la Unión Europea existe la libre circulación de personas y mercancías en un régimen aduanero común.
Posibles destinos aduaneros:
Regímenes aduaneros:
BEMAR le asesorará respecto a:
Junto al documento único administrativo (DUA), según la operación y el carácter de las mercancías exportadas, los documentos más habituales que deben presentarse para el despacho aduanero son:
Debe valorarse la contratación una póliza de seguro que cubra los riesgos de la exportación o, cuando menos, del transporte de la mercancía hasta las instalaciones de la empresa compradora. Para el primer caso, puede consultarse la oferta de Cesce sobre seguros a la exportación.
Para asegurar la mercancía durante su transporte, en función de la regla Incoterms que se pacte, corresponderá a la parte vendedora o a la compradora la responsabilidad o conveniencia de dicha contratación.
Este seguro cubrirá riesgos de la estiba, la manipulación, el almacenamiento, la carga o el transporte de la mercancía, e incluso otros como disturbios, huelgas o actos de piratería.
El seguro de transporte es diferente del seguro de responsabilidad del transportista, donde la indemnización viene limitada por el peso y el valor de la mercancía. En el contrato de seguro de transporte el titular decide los riesgos cubiertos, la compensación y la indemnización.
Por lo general, los riesgos se cubren mediante pólizas que recogen las cláusulas ICC (Institute Cargo Clauses), del Instituto de Aseguradores de Londres. Adoptan tres modalidades: A, B y C, siendo la A la que ofrece una mayor cobertura.